Artículos extraídos de la Ley VIII Nº 20: Artículo 29º: Los títulos y antecedentes valorables para los Concursos de ingreso en la docencia e inscripción como aspirante a cubrir interinatos o suplencias como maestros de grado o especiales, son: Título: Docente, habilitante o supletorio. Promedio de calificaciones del Certificado de Estudios. Antigüedad de título o títulos exigibles. Antigüedad de gestiones. Servicios docentes prestados con anterioridad. Residencia Publicaciones, estudios y actividades vinculadas con la enseñanza primaria. Otros títulos y antecedentes Artículo 33º: REGLAMENTACIÓN – Decreto Nº 839/80 El régimen de las valoraciones para el ingreso en la docencia según los cargos correspondientes de cada escalafón, así el de los títulos reconocidos para aquellos son: I – POR TÍTULOS Títulos “docentes” básicos para el cargo según el escalafón: 9 puntos. Títulos “habilitantes” para el mismo cargo: 6 puntos. Títulos “supletorios” para el mismo cargo: 3 puntos. Por título de profesor de una especialidad, si es docente, se le asignarán nueve (9) puntos. Además si es maestro normal nacional en “otros títulos” se le otorgarán 0,50 puntos. Si el título básico del profesorado es Bachiller o Perito Mercantil en “otros títulos” no se le otorgará puntaje en razón que estos títulos son concurrentes del profesorado. En los últimos casos en que a los Bachilleres se le otorga cincuenta centésimos (0,50) de bonificación en otros títulos, es a los Maestros Bachilleres egresados por el plan de seis (6) años en los años 1950 y1951.…