Convocatoria – Supervisor Escolar Nivel Primario para Instituciones Educativas Públicas de Gestión Privada – Zona Sur

La Dirección General de Educación Privada del Ministerio de Educación, convoca a los docentes titulares en ejercicio (Directores/Vicedirectores), de Instituciones Educativas Públicas de Gestión Privada a participar del Concurso de Ascenso (Antecedentes y Oposición) para el cargo de Supervisor Escolar de Nivel Primario, Zona Sur (Región V y VI).

El mismo se enmarca en la Ley Nº 13.047, la Ley de Educación de la Provincia de Chubut VIII Nº 91 y su Decreto Reglamentario Nº 1661/12, del Decreto Nº 403/06 Anexo III – Misiones y Funciones de la Dirección General de Educación Privada y la Resolución Nº 1414 – Reglamento de Supervisores, en la LEY VIII N° 108 Sancionada por la Legislatura de la Provincia del Chubut del año 2010.

Requisitos de presentación para Directores o Vicedirectores:

• Estar en situación activa en establecimientos educativos de gestión privada.
• Poseer título docente de Nivel Primario.
• Acreditar doce (12) años de antigüedad en la docencia en nivel primario, de los cuales, al menos, cinco (5) años serán de ejercicio efectivo en establecimientos educativos de gestión privada aprobados por el Ministerio de Educación y ubicados en el territorio de la Provincia del Chubut.
• Acreditar cinco (5) años de ejercicio efectivo en la función directiva en establecimientos educativos de gestión privada aprobados por el Ministerio de Educación y ubicados en el territorio de la Provincia del Chubut.
• Tener concepto profesional no inferior a Muy Bueno en los últimos tres (3) años.
• No encontrarse en condiciones de acogerse a los beneficios previsionales en los próximos 3 (tres) años a contar desde la convocatoria.
• No registrar sanciones disciplinarias.
• Presentar Proyecto de Gestión de Supervisión, acorde a la realidad de la Región, que contenga fundamentación, marco teórico, objetivos generales, líneas de acción/ propuesta de intervención, evaluación, bibliografía. Se solicita que se contemplen funciones de articulación con Supervisión de Educación Pública de gestión estatal y acciones de ejecución que acompañen la implementación de Líneas de Política Educativa de la órbita Nacional y Provincial, Resolución Nº 174/12 CFE, Resolución Nº 188/12 CFE, Resolución 217/14 CFE, Resolución 749/11 ME y Circular 3/10 DGEI, Resolución 1414/78).
Documentación a presentar (las copias deben ser autenticadas):
• Certificación de Servicio actualizada.
• Título docente de Nivel Primario.
• Antecedentes en la docencia que acrediten la antigüedad.
Subsecretaría de Coordinación Técnica Operativa de Instituciones Educativas y Supervisión
Dirección General de Educación Privada
Av. 9 de Julio Nº 24, Rawson, Chubut • 0280 4482341 /44
dgeducacionprivada@educacionvirtual.chubut.edu.ar educacionchubut chubut.edu.ar
• Copia de Disposición de Nombramiento al cargo directivo.
• Conceptos profesionales de los últimos tres años.
• Certificado de Aptitud Psicofísico, antecedentes policiales y certificado de domicilio.
• Cursos de Actualización y Perfeccionamiento Docente.
• Constancia de inexistencia de sanciones disciplinarias.
• Proyecto de Gestión de Supervisión

Fecha de presentación de Curriculum Vitae y Proyecto:

La fecha límite para la presentación se ha establecido hasta el 17 de marzo de 2023, en la Dirección General de Educación Privada.
La documentación podrá ser remitida a la Dirección General de Educación Privada del Ministerio de Educación de la Provincia del Chubut, en 9 de Julio 24, de Rawson. En caso de enviarse por correo postal, se contemplará la fecha del matasellos.

A partir de la evaluación de antecedentes profesionales y del proyecto de gestión, se los convocará a una entrevista, para establecer el orden de mérito.

Equipo evaluador

Estará constituido por:
1. Directora General de Educación Privada.
2. Equipo Técnico de la Dirección General de Educación Privada de los Niveles Inicial, Primaria y Secundaria.
3. Directora General de Educación Primaria o un referente de su Equipo Técnico.
4. Supervisora Técnica General de Educación Primaria.
Principales funciones del Supervisor:
• Intervenir en todas las instituciones educativas Públicas de Gestión Privada del Nivel Primario, de la zona Sur, en los aspectos: técnico pedagógico, administrativo, de funcionamiento institucional, de infraestructura y socio – comunitario.
• Realizar supervisiones pedagógicas, focalizando la tarea en el seguimiento y asesoramiento pedagógico – curricular institucional y las trayectorias escolares de los alumnos en el marco de la Resolución CFE 174/12.
• Garantizar el cumplimiento de la normativa y de los lineamientos de Política Educativa Nacional y Provincial, asesorando y acompañando, la implementación y seguimiento del Plan Nacional de Educación Obligatoria y Formación Docente (Res CFE 188/12)- PNFP-, Programa Nacional de Formación Permanente (Res CFE 201/13), entre otros.
• Realizar reuniones y o jornadas con los Equipo Directivos, a fin de brindar asesoramiento técnico- pedagógico inherentes a las función directiva.
• Realizar visitas periódicas a las escuelas: observación de clases áulicas y registros, documentación PEI- PCI, planificaciones, planillas, acompañamiento a los equipos directivos, convocatoria de reuniones, toma de decisiones.
• Proveer de informes y documentación que requiera la Dirección General de Educación Privada.
• Mantener comunicación periódica y fluida con las instituciones educativas a su cargo, con la Dirección General de Educación Privada, con las Supervisoras de Educación Pública Estatal y Privada, conformando equipos de trabajo y articulando líneas de acción.
• Atender a las demandas y solicitudes de los padres y de la comunidad educativa en general.
• Controlar la documentación del alumnado a fin de corroborar la correcta matriculación de los mismos.
• Examinar la documentación de la Planta Orgánico Funcional aprobada en lo atinente a designaciones, preliquidaciones, pago de haberes, descuentos realizados y aportes previsionales y de la seguridad social, así como toda la documentación referida a la rendición de los aportes o subsidios estatales al Ministerio de Educación u organismos oficiales pertinentes.
• Concurrir con las obligaciones inherentes a su cargo de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente y/o en la que se dicte al efecto.

Los supervisores a designar gozarán de los mismos derechos, tendrán las mismas obligaciones y percibirán las mismas remuneraciones que los de igual jerarquía del orden oficial.
Las faltas de disciplina o el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus tareas serán sancionados en la misma forma que se establece en los respectivos estatutos de la docencia oficial.