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Inscripción, régimen, incompatibilidad
Listados
Listados actualizados; interinatos, suplencias y doble función

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Sistema administrado por la Junta de Clasificación de Nivel Secundario con el objeto de registrar las inscripciones de los docentes. Los docentes pueden ingresar y ver la inscripción.
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¡ATENCIÓN! Es muy importante que el docente, cuando llegue al punto de las CAPACITACIONES en el sistema, adjunte el certificado PROVISORIO que el OFERENTE tiene como obligación enviarle a los participantes que hayan aprobado el trayecto.
En el listado cada capacitación ofrece el correo electrónico del OFERENTE, para que el participante se lo solicite, ya que no es responsabilidad del Ministerio de Educación expedir el certificado provisorio.
En caso de que el OFERENTE no responda al pedido, se les solicita que en la solapa CAPACITACIONES dentro del sistema de inscripción, brinden en el campo DESCRIPCIÓN la mayor cantidad de información posible (nombre de la capacitación, fecha de realización, nombre de la entidad que la ofreció) para contribuir en la búsqueda que debe hacer Junta de Clasificación dentro de los listados, a fin de constatar que los mismos hayan sido fehacientemente informados.
Este listado se irá actualizando.
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LISTADOS
Listado provisorio de Interinatos y Suplencias · Inscripción complementaria de marzo
22/04/2022
Este listado puede consultarse desde el 11 de abril en: sistemas.chubut.edu.ar/juntamed (sección descargas aquí, o acceso directo aquí).
El período de reclamos de diez días hábiles tiene lugar a partir de la fecha de publicación del listado, y los mismos deberán realizarse mediante nota por correo postal dirigida al Ministerio de Educación, Julio A. Roca Nº 856, CP 9103, Rawson. No se dará curso a los reclamos presentados por otra vía ni fuera de término.
Listado definitivo de Cargos Directivos · Ciclo lectivo 2022
16/03/2022
Consultas en la página: sistemas.chubut.edu.ar/juntamed. Vigente a partir del 16 de marzo de 2022.
NOTICIAS - AVISOS
AUTORIDADES
Miembros:
Representante ATECH: Prof. Yazmín Gutierrez
Teléfono/Fax: 0280 4481055 / 4483991 | Red: 3055
Correo electrónico - General: jcdes@educacionvirtual.chubut.edu.ar
Correo electrónico - Inscripciones: inscripciones.jcdes@educacionvirtual.chubut.edu.ar
Correo electrónico - Cargos Jerárquicos: jcdes.cargosjerarquicos@educacionvirtual.chubut.edu.ar
Dirección postal: Julio A. Roca Nº 856, Rawson (CP 9103)
DOCUMENTACIÓN
- Resolución Nº 219/14 - Certificación de antecedentes penales (RNR)
- Resolución Nº 222/11 - Docentes de otras provincias
- Resolución Nº 15/06 - Inscripción Estudiantes Profesorados
- Resolución Nº 51/06 - Inscripción de Docentes Abril-Noviembre
- Resolución Nº 169/08 - Modifica Resolución Nº 285/04 – Baja de legajos
- Resolución Nº 183/13 - Títulos con alcance docente para educación secundaria básica
CONSULTAS FRECUENTES
¿Cuándo?
Desde el 01 al 30 de junio de cada año, independientemente del período que corresponda (Artículo 50º – Ley VIII Nº 20)
(Los docentes que obtuvieran su título entre el 1° de abril y el 31 de diciembre de cada año podrán inscribirse enmarcados en la Resolución ME 446/14)
¿Cómo?
ACTUALIZACIÓN INSCRIPCIÓN 2022:
¿Dónde?
Los interesados podrán inscribirse:
- En la sede de este organismo, sito en J. A. Roca N° 856.
- Por correo postal: J. A. Roca N° 856, (CP 9103), Rawson, Chubut.
- De manera online
IMPORTANTE: SE DEBE REALIZAR UNA SOLA INSCRIPCIÓN
Ingresando al sistema de inscripción
Los inscriptos deberán consultar los listados provisorios, una vez publicados los mismos tendrán 10 días hábiles para efectuar los reclamos correspondientes, solo por correo postal a: J. A. Roca N° 856, Rawson (CP 9103).
Quienes soliciten apertura de legajo deberán presentar:
- Planilla de inscripción actualizada
- Fotocopia autenticada del DNI, con domicilio en la provincia de Chubut. No se acepta constancia de de inicio de trámite.
- Fotocopia autenticada de Títulos legalizados y Certificado Analítico (ver legalización de títulos, más abajo)
- Fotocopia autenticada de toda otra documentación que presente.
- Certificado de Antecedentes Penales emitido por el Registro Nacional de Reincidencia (Ley I Nº 74, Punto 2, Art. 4 -antes Ley 1987- expedido por el Ministerio de Justicia -www.dnrec.jus.gov.ar-). No se aceptarán constancias de inicio de trámite.
- Carpeta de tres solapas con elástico.
- Servicios de otra provincia: Constancia de no poseer Antecedentes Sumariales en la administración pública Nacional, Provincial o Municipal. (Ley I Nº 74 - Resolución Nº 222/11)
Para cargos directivos:
Los requisitos para la inscripción a cargos de Director, Vicedirector y Secretario son:
- Planilla de inscripción actualizada
- Título de Profesor para el nivel, ser titular y/o interino en los establecimientos que se inscribe y poseer la antigüedad requerida para cada cargo de acuerdo a la normativa vigente.
- Presentar Certificación/es de servicios actualizada/s.
- Conceptos de Ciclo Lectivo inmediato anterior no inferior a MUY BUENO de TODOS los establecimientos donde haya prestado servicios por un lapso no inferior a 90 días.
Docentes de educación secundaria que hubieran obtenido su título finalizado el periodo de inscripción:
Podrán abrir su legajo en la Junta de Clasificación Docente:
- Los Profesores que hubieren obtenido su título entre el 01 de abril al 30 de diciembre de cada año, inscribiéndose durante el período mencionado de acuerdo a la normativa vigente Res. 446/14.
Inscripción complementaria marzo:
Corresponde únicamente para:
- Quienes hayan obtenido su título de profesor entre el 01 de julio del ciclo lectivo anterior y el 31 de marzo del ciclo lectivo en vigencia
- Los aspirantes que realizan su inscripción en el turno complementario de marzo, deberán realizar una nueva inscripción en el turno de Junio, para el Ciclo lectivo siguiente.
Estudiantes:
Los estudiantes de Profesorados de Institutos de Nivel Terciario o Universitario de la Provincia de Chubut con el 75% de las materias aprobadas podrán inscribirse en la instancia de junio presentando:
- Planilla de inscripción actualizada
- El analítico que acredite el porcentaje de materias aprobadas.
- Plan de estudios de la carrera (Resolución Nº 15/06).
- Consignar en la ficha de inscripción ESTUDIANTE en el renglón de Título de Nivel Terciario/ Universitario.
Jubilados:
Los docentes jubilados de la provincia, solo podrán inscribirse como aspirantes acreditando los 61 años a la fecha de inscripción (Ley 5578)
Cambio de zona:
Una vez realizada la inscripción y durante el período de vigencia de los listados definitivos si el docente cambia su lugar de residencia en la provincia de Chubut puede solicitar mediante nota el cambio de una zona a otra, trámite que podrá hacerse efectivo en cualquier fecha del año presentando fotocopia autenticada del D.N.I. en el que figure el cambio de domicilio.
IMPORTANTE:
- Es responsabilidad del aspirante controlar que la documentación presentada cumpla con las reglas reglamentarias vigentes.
- Se recepcionará solo una inscripción por persona.
- Cumplido el período de inscripción, no se podrá ingresar nueva documentación.
- Toda fotocopia del original deberá estar debidamente autenticada, caso contrario no será considerada.
- Si se detecta falsedad en los datos de la documentación presentada, el aspirante será excluido del listado.
- No se recibirán inscripciones fuera de término.
- La sola presentación y/o recepción de la documentación no garantiza la inscripción.
Para los expedidos por establecimientos educativos de Chubut:
deberán contar con la legalización del Departamento de Legalizaciones.
Para los expedidos por establecimientos educativos de otra provincia:
- Por Universidades; deberán estar legalizados por el Ministerio de Educación (Dirección Nacional de Gestión Universitaria) y por el Ministerio del Interior, quienes se recibieron hasta el año 2012.
- Por otros establecimientos educativos; deberán estar legalizados por el Ministerio de Educación de la provincia que expide dicho título, y por el Departamento de Legalizaciones del Chubut. Según Res. CFE Nº 221/14.
- Presentar título y Certificado Analítico.
- IMPORTANTE: Los títulos y analíticos de otras provincias deberán presentar fotocopia autenticada por escribano público.
Los certificados de cursos deberán indicar el número de resolución del Ministerio de Educación que los avala y cantidad de horas que acredita. No se evalúan certificados provisorios.
IMPORTANTE: se debe entregar Certificado Final, donde conste cantidad de horas acreditadas, Resolución/es que avalan. Se presenta con fotocopia autenticada.
Si la constancia es de Chubut:
. Deberá estar debidamente legalizado y autenticado por el Departamento de Legalizaciones del Ministerio de Educación del Chubut.
. Deberá estar firmada por el Director y el Secretario de la Institución que la expide. En caso de que fueran expedidas por Universidades deberán constar las firmas de las autoridades competentes para tal fin (Dos firmas y sellos).
. Debe constar en la misma, la fecha de egreso y número de resolución de la carrera.
IMPORTANTE: las constancia de títulos en trámite, deberán estar actualizadas en el periodo de inscripción.
Vencido el plazo, deberá presentarse el Título y certificado analítico legalizado en la próxima Inscripción.
Todas las constancias tienen una validez de 12 meses.
Si es de otra provincia:
. Deberá estar debidamente legalizado y autenticado por el Departamento de Legalizaciones del Ministerio de Educación del Chubut.
. Deberán adjuntar, además de los requisitos de la Provincia del Chubut, el reconocimiento Provincial y Nacional, tanto de la carrera como de la Institución que expide el título y refrendada por la máxima autoridad jurisdiccional de legalizaciones correspondiente. Presentar original o fotocopia autenticada por escribano público.
IMPORTANTE: las constancia de títulos en trámite, deberán estar actualizadas en el periodo de inscripción. Original o autenticado por escribano publico.
Vencido el plazo, deberá presentarse el Título y Certificado Analítico legalizado en la próxima inscripción. Autenticado por escribano publico.
Todas las constancias tienen una validez de 12 meses.
En ella se debe consignar claramente:
- Los cargos (MEP - PRE - BIB) y/o la cantidad de horas cátedra por cursos, división y niveles que posee el/la docente a la fecha
- Situación de revista y antigüedad en el establecimiento, deberán consignar fechas de altas y bajas, aclarando expresamente si el/la agente percibe haberes jubilatorios, si se encuentra con tareas pasivas y/o ha usufructuado o usufructúa licencia sin goce de haberes, especificando el artículo correspondiente.
IMPORTANTE: detallar la trayectoria docente completa en la institución ya que de esta manera contará con la información necesaria al momento de realizar trámites en el sistema educativo.
- Las Certificaciones de servicios ineludiblemente deberán contar con la firma del Director del establecimiento educativo y además estar refrendadas por el Secretario, o por el Supervisor del nivel. Deberán consignar el último CONCEPTO obtenido por el docente durante el año inmediato anterior y estar avaladas con la firma del docente.
- Las certificaciones otorgadas por Instituciones privadas deberán estar legalizadas por el Ministerio de Educación del Chubut, firmadas por el Representante Legal o Director del Establecimiento y refrendadas por el Secretario (deben adjuntar Certificado de Antecedentes Penales emitido por el Registro Nacional de Reincidencia).
- Certificaciones de servicios emitidas por otras provincias deberán presentarse con los requisitos establecidos y constancia de no haber sido sumariado, exonerado o declarado cesante, ambas legalizadas por el Ministerio de Educación de la respectiva provincia. Resolución ME Nº 222/11.
Quien no certifique servicios docentes en la provincia de Chubut en forma continua o discontinua en el período comprendido entre el ciclo lectivo anterior y el inicio de la inscripción, deberán presentar Certificado de Antecedentes Penales emitido por el Registro Nacional de Reincidencia. Resolución ME Nº 219/14.
La presentación de esta documentación es indispensable para la inclusión en los listados.
El agente que se encuentre prestando servicios en los establecimientos educativos de este nivel dependientes del Ministerio de Educación y NO posea legajo en esta Junta, deberá proceder a la apertura del mismo, en el período reglamentario del 01 al 30 de junio. Resolución ME Nº 219/14.
Contar con hasta 53 años al momento de la inscripción (Ley XVIII N° 32).
Los docentes jubilados de la provincia sólo podrán inscribirse como aspirantes a interinatos y suplencias hasta los 61 años a la fecha de inscripción (Ley Nº 5578).
Ingresando al sistema de inscripción
Allí podrá consultar:
. Títulos
. Espacios Curriculares
. Listados Interinatos y Suplencias
LISTADO DE ZONAS:
Letra | Zona |
C | COMODORO RIVADAVIA - RADA TILLY |
E | ESQUEL - TREVELIN - TECKA - CORCOVADO - GUALJAINA |
G | GOBERNADOR COSTA - SAN MARTÍN - RÍO PICO |
H | NOROESTE (EPUYÉN - CHOLILA - EL HOYO - LAGO PUELO - EL MAITÉN - LAS GOLODRINAS - CUSHAMEN) |
K | CAMARONES |
M | PUERTO MADRYN |
P | PASO DE INDIOS |
R | RAWSON - PLAYA UNIÓN |
S | SARMIENTO |
V | TRELEW - CHACRAS - GAIMAN - DOLAVON - 28 DE JULIO - BRYN GWYN - GASTRE |
Y | RÍO MAYO - RÍO SENGUER |
Debe revisar la normativa respecto a la Ley de incompatibilidad;
LEY VIII - Nº 69 (antes 5137): Descargar
Planilla de solicitud de traslados (PDF)
Traslados dentro de la jurisdicción provincial
El trámite se realiza en los períodos de abril a mayo y de octubre a noviembre (Art. 15, Decreto Nº 1237/83)
El formulario se presenta a través del establecimiento educativo en que se desempeña como titular, siguiendo la vía jerárquica. La escuela lo envía a la Junta de Secundaria hasta el 30 de mayo / 30 de noviembre.
IMPORTANTE: sólo se podrá solicitar un traslado cuando hayan transcurrido dos (2) años desde el último cambio de ubicación solicitado (excepto cuando se trate de traslados por razones de salud, de integración del núcleo familiar u otros debidamente justificados).
PARA TRASLADOS DESDE CHUBUT:
- Nota original personal del docente con motivo y vía jerárquica correspondiente.
- Documentación que avale lo expresado en la nota.
- Copia del título docente.
- Tres últimos conceptos.
- Fotocopia del DNI.
- Certificado de reincidencia.
PARA TRASLADOS A CHUBUT:
- Nota original con motivo y vía jerárquica correspondiente.
- Anexar documentación que avale lo expresado en la nota.
- Tres últimos conceptos no inferior a Muy Bueno.
- Titulo docente debidamente legalizado.
- fotocopia del DNI.
- Partida de nacimiento.
- Constancia de intervención de la Dirección de Sumarios de la Provincia de origen.
- Resolución de anuencia de la provincia de origen.
- Certificado de aptitud psicofísica expedido por dirección de reconocimientos médicos
- Apertura de legajo en la Junta Regional a la cual solicita traslado.
(se tendrá en cuenta lo solicitado según Resolución ME- Nº 219/14 y Resolución ME – Nº 222/11)
Planilla de solicitud de reubicación de horas titulares (PDF)
La solicitud de reubicación de horas titulares se realiza en el mes de marzo por cierre de curso, cambio de Diseño Curricular o cambio de turno.
Se deberá completar la siguiente planilla de solicitud y entregarla firmada por el docente, a la dirección de la escuela quien deberá enviarla a Junta de Clasificación Docente de Educación Secundaria.
Fecha límite de recepción en Junta Secundaria: 30 de marzo.
Los docentes con reubicación, no pueden solicitar traslado hasta pasado más de un año.
Si se inscribió en otra provincia, los interesados deben:
- Abrir legajo en la Junta de Secundaria presentando la documentación en original y copia para su autenticación.
- Acreditar su inscripción en los plazos reglamentarios en la junta de origen.
- Llenar la solicitud de inscripción correspondiente.
- Presentar fotocopia del DNI, con domicilio en la provincia. No se acepta constancia de iniciación de trámite.
- Certificado de Antecedentes Penales emitido por el Registro Nacional de Reincidencia.
(Ley I Nº 74, Punto 2 Art. 4 -antes Ley 1987-) expedido por el Ministerio de Justicia (para consultas: www.dnrec.jus.gov.ar ). No se acepta constancia de de inicio de trámite. - Presentar el informe de no sumarios de la provincia de origen.
- Las certificaciones de servicios de otra provincia deben tener fecha de baja (las certificaciones deben estar legalizadas por el Ministerio de Educación de la provincia de origen).
- Constancia de no poseer Antecedentes Sumariales en la administración pública Nacional, Provincial o Municipal (Resolución Nº 222/11).
Direcciones para realizar el trámite. - Si no presenta servicios de otra provincia, debe entregar constancia de no poseer Antecedentes Sumariales en la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal (Resolución 222/11) o constancia de no haber prestado servicios en la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal.